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Nuevos estímulos a la creación de empleo para los jóvenes

El día 24 de febrero de 2013, entra en vigor el nuevo Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de 20130321 incentivosjovenes022013Xfebrero de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA

Podrán celebrarse contratos indefinidos o por duración determinada a tiempo parcial con vinculación formativa de jóvenes desempleados menores de 30 años.

En este caso la reducción será del 100% durante un máximo de doce meses si la plantilla de la empresa es inferior a 250 personas, o del 75 %, en el supuesto de que tenga una plantilla igual o superior a esa cifra.

La jornada pactada no podrá ser superior al 50 % de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable.

CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE UN JOVEN POR MICROEMPRESAS Y EMPRESARIOS AUTÓNOMOS.

Podrá ser  a tiempo completo o parcial de jóvenes desempleados menores de 30 años. La reducción será del 100 % Los requisitos que debe cumplir el empleador son: tener en el momento de la celebración del contrato, una plantilla igual o inferior a 9 trabajadores, no haber tenido ningún vínculo laboral anterior con el trabajador, no haber celebrado con anterioridad otro contrato con arreglo a este artículo, salvo lo dispuesto en el apartado 5.

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN EN NUEVOS PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO JOVEN

Reducción del 100 % durante 12 meses  para los autónomos menores de 30 años y sin trabajadores asalariados, que contraten por primera vez. de forma indefinida, mediante un contrato de trabajo a tiempo completo o parcial, a personas desempleadas de edad igual o superior a 45 años, inscritas ininterrumpidamente como desempleadas al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, o que resulten beneficiarios del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

PRIMER EMPLEO JOVEN

Celebración de contratos temporales a jornada completa o parcial (siempre que, la jornada sea superior al 75 % de la jornada ordinaria), con jóvenes desempleados menores de 30 años que no tengan experiencia laboral o si ésta es inferior a tres meses. La duración mínima del contrato será de 3 meses y la máxima será de 6 meses, salvo que se establezca una duración superior por convenio, sin que en ningún caso dicha duración pueda exceder de 12 meses.

Si transcurridos 3 meses transforman en indefinidos los contratos, tendrán derecho a una bonificación de 41,67 euros/mes (500 euros/año), durante tres años, siempre que la jornada pactada sea al menos del 50 % de la correspondiente jornada ordinaria. Si el contrato se hubiera celebrado con una mujer, la bonificación será de 58,33 euros/mes (700 euros/año).

INCENTIVOS A LOS CONTRATOS EN PRÁCTICAS PARA EL PRIMER EMPLEO

Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos que concierten contratos en prácticas con jóvenes menores de 30 años, aunque hayan transcurrido 5 o más años desde la terminación de los correspondientes estudios, tendrán derecho a una reducción del 50 % durante toda la vigencia del contrato. Si el trabajador estuviese realizando dichas prácticas no laborales en el momento de la concertación del contrato de trabajo en prácticas, la reducción de cuotas será del 75 %.

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